jueves, 16 de agosto de 2012

En Nicaragua se libra esa lucha




Managua, Nicaragua | elnuevodiario.com.ni
Ciudadanos ganan espacios en México
La reforma constitucional mexicana, según el artículo 35, establece ahora que “son derechos del ciudadano (…) poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley
Por Ary Pantoja | Política

Rubén Aguilar, analista. Conexiones / END
A través de una reforma legislativa, la Constitución Política de México incluye ahora tres figuras de la democracia directa que antes estaban ausentes de la Carta Magna, que son: las candidaturas independientes, la consulta popular, y la iniciativa ciudadana que, a juicio de Rubén Aguilar, exvocero del expresidente Vicente Fox Quesada, representan “un triunfo ciudadano” de la nación azteca.
En su portal digital, Aguilar informa que el pasado ocho de agosto, el Presidente de la República, Felipe Calderón, firmó el decreto que promulga “estos cambios que representan un paso adelante en la consolidación de nuestro sistema democrático, al otorgar a los ciudadanos espacios de participación que antes estaban reservados solo a los partidos”.
Varios organismos cívicos en Nicaragua aglutinados en el denominado “Grupo Promotor de las Reformas Constitucionales y Electorales, Gpre,” realizan gestiones ante los diputados de la Asamblea Nacional para que reformen la Constitución Política y la Ley Electoral, de manera que esas modificaciones incluyan espacios de participación ciudadana como los que México está implementando ahora.
Candidatos independientes
“Los ciudadanos ahora se podrán registrar como candidatos independientes a puestos de elección popular, sin la necesidad del aval de un partido. Hasta ahora solo en las Constituciones de Yucatán y de Sonora existía esta figura”, expresa Aguilar.
En el caso de Nicaragua, esta figura está contemplada en el punto número tres de la propuesta del Grupo Promotor, denominado “Mejorar la calidad de la democracia participativa y representativa”, el cual incluye “establecer el derecho de iniciativa ciudadana para reformas parciales a la Constitución Política para lo cual se requerirá la firma de 50 mil ciudadanos…”
También se propone “establecer que antes de la promulgación de reformas parciales o al aprobarse la iniciativa de reforma total a la Constitución Política, deberá convocarse a referendo y que la aprobación de reformas a la Constitución por esta vía requerirá el voto afirmativo de más de la mitad de los sufragantes y que estos excedan la cuarta parte de los ciudadanos del Padrón Electoral”.
Mientras que en la reforma a la Ley Electoral se propone “retomar el derecho de los nicaragüenses de presentar candidaturas por suscripción popular para participar en las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República, diputados ante la Asamblea Nacional y ante el Parlamento Centroamericano, Parlacén, así como de miembros de los Consejos Regionales de la Costa Caribe; alcaldes, vicealcaldes y concejales”.
México a la vanguardia
La reforma constitucional mexicana, según el artículo 35, establece ahora que “son derechos del ciudadano (…) poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley.El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos, así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con requisitos, condiciones y términos que determine la legislación…”
A partir de la aprobación de la iniciativa ciudadana, informa Aguilar, los mexicanos y mexicanas “también podrán mandar iniciativas de ley al Congreso”, derecho que solo tenían el Ejecutivo y los partidos representados en las Cámaras de Diputados y de Senadores.
Según Aguilar, se modificó también el artículo 35 (Cn), el cual ahora plantea que “son derechos ciudadanos (…) iniciar leyes, en los términos y con los requisitos que señala esta Constitución y la Ley del Congreso”; y el 116, que en su nueva redacción dice: “Las legislaturas de los Estados regularán los términos para que los ciudadanos puedan presentar iniciativas de ley ante el respectivo Congreso”.
A esperar la voluntad política
“La figura de la consulta popular, que tiene la vertiente del plebiscito y el referendo, garantiza que los ciudadanos sean consultados en la toma de decisiones relevantes por parte del Ejecutivo”, agrega Aguilar.
Mediante la reforma constitucional mexicana, se añade la fracción VIII al artículo 35, que es la siguiente: “Son derechos del ciudadano (…) votar en las consultas propuestas sobre temas de trascendencia nacional, las que se sujetarán a lo siguiente: 1.-) Serán convocadas por el Congreso de la Unión a petición de: a) El Presidente de la República; b) El equivalente al 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión, o, c) Los ciudadanos, en un número equivalente, al menos, al uno por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores (…) 2.-) No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la materia electoral; los ingresos y el gasto del Estado, la seguridad nacional y la organización, el funcionamiento y la disciplina de la Fuerza Armada permanente”.
“Las tres figuras abren espacios para una nueva etapa de la lucha y participación de los ciudadanos en el ámbito de la vida pública y la política sin tener que militar en un partido. Es un logro relevante, un verdadero triunfo ciudadano, pero habrá que esperar a las leyes secundarias, para ver si hay una real disposición de los partidos para que las nuevas figuras abran amplios espacios a la participación de todas y todos”, expresa Aguilar.

 

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